TODO EL BASKET

DE LA FEDERACIÓN

DE CASTILLA Y LEÓN

PROTOCOLO COVID-19

03-08-2020 09:47

Federación de Baloncesto de Castilla y León

En acuerdo 33/2020 de 9 de julio, publicado en el BOCyL Nº 138 de 10 de julio de 2020, dice textualmente: "Para la realización de entrenamientos y la celebración de competiciones deberá disponerse de un protocolo por parte de la federación deportiva responsable, en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar. El contenido de dicho protocolo será de obligada observancia para el conjunto de los estamentos federativos y deberá publicarse en la página web de la federación deportiva. Asimismo, deberán tomarse las medidas necesarias para evitar la aglomeración de espectadores y acompañantes".

Con fecha de hoy, previo envío a la Dirección General de Deportes para su supervisión, publicamos el PROTOCOLO COVID-19 de la Federación de Baloncesto de Castilla y León. Este protocolo ha sido elaborado por un grupo de trabajo donde han participado especialistas en distintas áreas impresncindibles para abordar cualquier tipo de medida preventiva contra el COVID-19 (sanitarios, adecuación y preparación física, metodología de entrenamiento...).

Por tanto, la Federación de Baloncesto atiende el requermiento descrito en el BOCyL nº 138 de 10 de julio, advirtiendo no obstante a los clubes y federados que, a fecha de hoy, únicamente podrán entrenar "con contacto físico" los equipos que cumplan los requisitos establecidos en esta misma publicación de BOCyL:

"En aquellas modalidades o especialidades deportivas en las que sea inevitable el contacto físico, podrán desarrollar la práctica físicodeportiva los deportistas que tengan la condición de profesionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, así como los deportistas que ostenten la condición de alto nivel y alto rendimiento conforme a la legislación estatal o autonómica, excepcionalmente. Para ello, previamente, la federación deportiva en la que los deportistas se encuentren federados, deberá disponer de un protocolo específico que será de obligada observancia para el conjunto de los deportistas que ostenten las condiciones indicadas. Significándose que las federaciones sólo han de elaborar un único protocolo, en el que incluyan medidas para deportistas profesionales y no profesionales, en los términos que contempla la nueva redacción del apartado 3.20 del Plan de Medidas que, también, da cobertura al caso particular de las competiciones en las que los equipos pueden estar integrados por deportistas profesionales, de alto nivel, de alto rendimiento y aficionados".

- "En las competiciones de deportes colectivos, en modalidades o especialidades deportivas en las que sea inevitable el contacto físico y en las que los equipos participantes tengan entre los deportistas que los integran deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento deportivo y deportistas aficionados o amateurs, podrá desarrollarse la práctica deportiva en las mismas condiciones que las indicadas en el párrafo precedente" 

A la vista de la normativa vigente a fecha de publicación del PROTOCOLO COVID-19 FBCyL (3 de agosto de 2020) únicamente podrán entrenar con contacto físico equipos que tengan al menos un profesional en su plantilla. Para el resto de equipos (deporte base y amateur) se está a lo dispuesto no solo en la publicación nº 138 del BOCyL de 10 de julio de 2020 sino a lo previamente publicado en el BOCyL nº 123, de 20 de junio de 2020, donde, entre otras, se establecen las siguientes restricciones:

- "La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria"

- "En los supuestos de actividad físico-deportiva grupal deberá velarse porque la composición de los mismos sea estable, con los mínimos cambios entre los miembros que lo conforman, que únicamente se llevarán a cabo por circunstancias ineludibles". 

 - "Con carácter general, no se compartirá ningún material y, si esto no fuera posible, se garantizará la presencia de elementos de higiene para su uso continuado".

Desde la Federación de Baloncesto de Castilla y León y desde la Asociación de Federaciones Deportivas de Castilla y León se ha solicitado en reiteradas ocasiones ante la Dirección General de Deportes de Castilla y León la inclusión de la coletilla "salvo que en la modalidad deportiva resulte imprescindible" para que el deportes base y amateur pueda volver a "la nueva normalidad" pero hasta ahora no ha sido atendida esta demanda. También desde el deporte Federado se insta a las Administraciones a que establezcan un marco jurídico que ofrezca garantías a organizadores, clubes y federaciones en la ya mencionada "vuelta a la nueva normalidad", cuestión ésta que se antoja crucial para que se pueda reactivar la actividad en deporte base y amateur, algo muy importante no solo desde un prisma económico sino fundamentalmente desde un punto de vista social y de salud presente y futura de la ciudadanía.

Seguiremos informando ante cualquier modificación normativa que afecte a nuestro deporte.


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